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No Ha Lugar la protesta de Vega Baja

La Federación de Béisbol de Puerto Rico (FBPR) declaró “no ha lugar” la protesta radicada por el equipo Melao Melao de Vega Baja contra la franquicia de los Mets de Guaynabo, relacionada con alegado uso de bolas no oficiales durante el juego celebrado el 26 de febrero de 2026, con Guaynabo como equipo local.

La resolución, emitida por el director ejecutivo de la FBPR, Efraín Williams, detalla que la protesta surgió a raíz de una incidencia en la octava entrada, luego de un batazo de foul. Según Vega Baja, la bola fue a dar a la malla detrás del plato, mientras el informe de los árbitros indicó que el foul fue conectado hacia el área del camerino del equipo visitante. Posteriormente, el dirigente de Vega Baja presentó una bola que fue identificada como no oficial, aunque los árbitros verificaron las demás bolas disponibles en su bolsa y confirmaron que todas eran oficiales.

Entre los hechos incontrovertibles consignados en la resolución, la FBPR estableció que el partido fue detenido en la octava entrada por bolas lanzadas desde fuera del estadio hacia el terreno de juego. También quedó determinado que el árbitro principal mostró antes del comienzo del encuentro una foto con las bolas oficiales a utilizarse, que al momento de la revisión no se encontró ninguna otra bola no oficial en poder de los árbitros y que se desconoce de dónde provinieron las bolas arrojadas desde el exterior del parque.

Luego de evaluar los argumentos y el informe arbitral, la Liga concluyó que no pudo establecerse una violación al reglamento ni negligencia por parte de Guaynabo. La resolución cita el Artículo 8.01, inciso 7 del reglamento de la FBPR, y sostiene que toda la evidencia presentada por los árbitros apunta a que el equipo local no incumplió con la norma, ya que las pelotas fueron verificadas antes y durante el juego. Por tal razón, se mantuvo vigente la victoria del equipo de Guaynabo.

La resolución además recuerda que toda decisión emitida en primera instancia podrá ser apelada ante el presidente de la FBPR dentro de un término de cinco días a partir de la notificación.

 

 

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